lunes, 2 de mayo de 2011

¿Hay algo que celebrar?


En Síntesis…
¿Hay algo que celebrar?

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
[foto:Internet]
Vinicio Portela Hernández
Desde la promulgación en 1991 de la Declaración de Windhoek, Namivia, en la que sobresaltaban que la “prensa independiente debe entenderse una prensa sobre la cual los poderes públicos no ejerzan ni dominio político o económico, ni control sobre los materiales y la infraestructura necesarios para la producción y difusión de diarios, revistas y otras publicaciones periódicas”, hasta que en 1993 la Asamblea General de la Organización  de las Naciones Unidas instituyó que el 3 de mayo se conmemorara el “Día Internacional de la Libertad de Prensa”, por lo ocurrido en ese país africano.
Año con año, los comunicadores se han reunido y enaltecido este derecho fundamental, tanto así que en México se ha creado la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos en Contra la Libertad de Expresión que depende de la Procuraduría General de la República.
Otro de los esfuerzos, los han realizado en el estado de Chiapas, donde también existe una fiscalía muy parecida a la federal dentro del organigrama de la Procuraduría General de Justicia del Estado.
El derecho de los periodistas, medios de comunicación y ciudadanos en general para expresar su opinión en cualesquiera sea el tema y tópico también se encuentra plasmado en nuestra Carta Magna, el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, declara que “la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.”
A nivel Internacional, los comunicadores y la libertad de expresión y prensa se encuentra salvaguardada en tratados firmados por México que permiten, conforme a la ley, que los periodistas y medios de comunicación ejerzan su trabajo libremente.
Entre ellos se encuentra el de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, en su numeral 13 señala que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.”
También, la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorga una extensión ese derecho fundamental y en su principio número 8º considera: “Todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales.”
De esta manera, me puedo extender aún más en leyes, reglamentos, declaratorias y tratados, que hablan sobre la libertad de expresión y prensa, pero en verdad ¿hay algo que celebrar?
Primeramente debería precisar quién es un periodista, como mejor somos conocidos, según Wikipedia es: “la persona que se dedica profesionalmente al periodismo, en cualquiera de sus formas, ya sea en la prensa escrita, radio, televisión o medios digitales. Su trabajo consiste en descubrir e investigar temas de interés público, contrastarlos, sintetizarlos, jerarquizarlos y publicarlos. Para ello recurre a fuentes periodísticas fiables y verificables. Así elabora sus artículos, que pueden tomar varias formas para su difusión: oral, escrita, visual.”
Esta definición puede ser una de las más cercanas a la realidad, por supuesto que hay muchos medios de comunicación alrededor del mundo que han otorgado más y mayores conceptos.
Y aún así, con todo lo anterior expuesto, los periodistas no podemos ejercer a cabalidad el derecho de la libertad de expresión, menos que podamos acceder a la libertad de prensa, sencillamente porque no hay un concepto legal que nos clasifique.
Los comunicadores, sea cual sea el medio que utilicemos para difundir información e ideas, no estamos reconocidos en las legislaciones y podríamos tener todas las leyes protegiendo el trabajo periodístico, sin embargo nos encontramos en estado de indefensión porque la ley no sabe quién es periodista.
Cuando las leyes, reglamentos, tratados y declaraciones, sean estatales, federales e internacionales señalen cabalmente una “personalidad jurídica”, en ese momento habría un motivo de celebración, mientras tanto sólo nos queda exigir que eso sencillísimo concepto sea incluido en la legislación.

Recortes
La Asociación de Columnistas de Chiapas A. C. se reunió con el Rector de la Universidad Autónoma de Chiapas, Jaime Valls Esponda,  en ese marco, Alejandro Moguel Serrano, presidente de asociación, le informó sobre las expectativas de crecimiento como asociados, por ello solicitó que la UNACH sea la sede de las capacitaciones para los comunicadores. En el encuentro Valls Esponda anunció la próxima creación del Colegio de Comunicadores y con ello poder establecer las bases del apoyo académico necesario para la profesionalización del gremio, por lo que iniciarán las gestiones necesarias para llevar a buen puerto esta labor a favor de los periodistas chiapanecos…// La LXIV Legislatura del Congreso del Estado organizó una convivencia con periodistas con motivo del Día Mundial de la Libertad de Prensa, por tal motivo la Presidenta de la Junta de Coordinación Política, Arely Madrid Tovilla reconoció a los comunicadores por el desempeño de sus labores. También estuvieron compartiendo el pan y la sal los legisladores Juan Jesús Aquino Calvo, Presidente de la Mesa Directiva, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, Claudia Patricia Orantes Palomares, Enoc Hernández Cruz, Javín Guzmán Vilchis y Carlos Mario Estrada Urbina.

Con At´n COFEL
Esta columna va dedicada a la Comisión de Fiscalización Electoral y a su representante Marlon Molina Castellanos.
No es posible que en plena celebración de la Libertad de Prensa la COFEL deje mostrar su ignorancia en las leyes y pretenda que un medio de comunicación, en este caso el Periódico “Libertad en Chiapas”, otorgue información de un trabajo periodístico y pretenda que hagan su labor de investigación.
Según el oficio COFEL/ST/093/2011, el director del medio de comunicación tiene que contestar cuestionamientos por lo expresado en una “Columna Política” como: quién pago la nota, si fue una entrevista, la cantidad de ejemplares emitidos y la cobertura.
Claro que esto es ridículo por parte de la COFETEL y no voy a mencionar el por qué, ya que no les voy hacer tampoco su “chamba”.
Lo que si les voy a mencionar, es que este acto se puede conciderar como una amenaza, ya que en el oficio, la COFETEL asegura que de hacer caso omiso a su solicitud el medio de comunicación se hará acreedor de una multa de 300 salarios mínimos.
Por esto último le informo a Marlon Molina Castellanos que se remita al inicio de esta columna y lea atentamente, en especial lo que marca el artículo 6º de la Constitución Política, para que se dé cuenta del error que está cometiendo.
De nueva cuenta la ignorancia de un servidor público afecta y cuartar la libertad de expresión. ¡¡¡LEAN!!!.

Terminé
Comentarios en: vypher55@yahoo.com.mx, vinicioportela@gmail.com,
Twitter: @VinicioPortela o en el blog vinicioportela.blogspot.com

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