VIOLENTAN DERECHOS DE LOS
NIÑOS
Secretaría de Educación no
paga pensiones alimenticias
Vinicio Portela
Hernández
Ante el paro magisterial que impera en el estado de Chiapas,
la Secretaría de Educación en el Estado no ha pagado las pensiones alimenticias
que quincenalmente entrega a las madres de familia que cuentan con una
sentencia favorable en contra de algún mentor.
Las jefas de familia asistieron a las oficinas
administrativas de la SE pero no hay nadie quien les entregue sus cheques y el
único argumento es que los empleados no llegan a laborar por el temor de ser
atrapados en el edificio por alguna de las manifestaciones de los maestros de
la Coordinadora Nacional de los Trabajadores de la Educación.
Las afectadas manifestaron que esta acción de la
Administración de la Secretaría de Educación pone en riesgo la integridad de
sus hijos al no tener el sustento otorgado por un Órgano Jurisdiccional y que
la dependencia incumple con la orden de un Juez.
Cabe hacer mención que los infantes están protegidos por la
Ley y que el principio del “Interés Superior del Niño” es el que debe imperar
ante un dilema o conflicto entre derechos.
Esta acción unilateral de la
Secretaría de Educación en el Estado violenta la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 3º, párrafo 8vo, que dice a la letra: “En
todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el
principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus
derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus
necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su
desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento
y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.”
Por lo anterior, la dependencia
estatal transgrede los derechos humanos de los infantes, tal y como lo indica la Convención sobre los
Derechos del Niño, en su artículo 3, apartado 1 que señala: “En todas las
medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o
privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o
los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será
el interés superior del niño”.
Es así que pese a que exista un conflicto entre el interés laboral
de los maestros y los descuentos que realiza la administración pública a los
mentores faltistas, este hecho no deberá afectar a los intereses de los
infantes, máxime sí esto se refiere a una de sus derechos fundamentales como lo
es la alimentación.
Las madres de familia, quienes son las que ejercen la patria
potestad de los menores, piden a la Secretaría de Educación el pago inmediato
de la pensión alimenticia ya que es un derecho de sus hijos y que nada tiene
que ver con el descuento que le aplican a los mentores en paro de labores.
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