En Síntesis…
Díaz Ochoa, el ecocida
[Foto: internet]
Vinicio Portela Hernández
“A dónde vamos a parar” dice una de las canciones del “Buki”, lo mismo me cuestiono cuando me entero de que personajes de negra reputación quieren aspirar a un puesto de elección popular pese a su historial delincuencial.
Uno que anda muy caliente es el ex Presidente Municipal de San Cristóbal de las Casas, Mariano Díaz Ochoa, quien quiere repetir puesto por tercera ocasión en esa gélida ciudad colonial y anda diciendo a los “cuatro vientos” que el es el bueno.
No sé por qué piensa “Don Marianito” que puede ser Alcalde del Valle de Jovel cuando pesa sobre de él el desprestigio político al ser señalado por el Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del estado como responsable de un desfalco por más de 17 millones de pesos en perjuicio del Municipio de San Cristóbal.
A Díaz Ochoa ya le dio el mal de creerse sus propias mentiras y especula que la población ya se olvidó de sus “tracalerías” cuando fungía como Edil, lo cual lo llevó a que la Procuraduría General de Justicia del Estado, a través de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Relacionados con Servidores Públicos, cumplimentara orden de aprehensión en su contra.
Ahora, el flamante político quiere colgarse de la “teta presupuestal”, pero este ex servidor público además de haber desfalcado las arcas del Ayuntamiento de “Sancris”, a la fecha se dedica al ecocidio, ya que es dueño de una de los bancos de grava más grandes del Valle de Jovel, que dicho sea de paso, es uno de los principales detonadores de la contaminación pétrea de los mantos acuíferos y por lo consiguiente de los humedales.
De estos hechos que violentan el ecosistema de flora y fauna de esa región ya fue ampliamente denunciada por el Consejo Ciudadano de San Cristóbal de las Casas y han solicitado a las autoridades de los tres niveles de gobierno para que intervengan y pongan un alto a la devastación de los recursos naturales, con los cuales Mariano Díaz Ochoa se ha enriquecido sin importarle que estas perdidas sean irreparables.
En verdad que todavía no comprendo cómo un tipo como Díaz Ochoa pretende obtener por tercera ocasión la Presidencia Municipal de San Cristóbal de las Casas, cuando es un tipo corrupto en sus acciones políticas y ahora un ecocida en su faceta empresarial.
Hay sumas que restan y eso lo deben tener muy en cuenta el Partido Revolucionario Institucional, al igual que el Verde Ecologista de México, si postulan a Mariano Díaz serán cómplices de las acciones delictivas de su “gallo” que solo ha dejado un pasado adverso y de corrupción en su vida pública. Al menos que crean que los votantes no tienen memoria.
Candidatura común
En los más recientes meses pasados, la clase política adoptó dentro de su florido lenguaje la frase de “candidaturas comunes”, un término para designar que varios partidos políticos le apostaran a un candidato, esto sin que signifique que estén en una alianza o coalición.
El Código de Elecciones y Participación Ciudadana de la entidad en su artículo 108 hace mención a este tipo de postulación que a la letra dice: Por candidatura común se entiende la postulación de un mismo candidato, una misma planilla o fórmula de candidatos, en una demarcación electoral, por dos o más partidos políticos, designados previo acuerdo estatutario que emitan los partidos políticos respectivos. En ningún caso, podrán los partidos registrar bajo esta modalidad candidatos postulados por una coalición.
Así que los partidos tendrán que presentar ante el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana un convenio que avale su intención de contender con un mismo ciudadano, a demás de que este debe de reafirmar su conformidad con dicho acuerdo.
Para muchos expertos en la materia electoral, este proceso generará muchas confusiones a la hora de que los ciudadanos emitan sus votos, ya que cada partido tendrá un espacio en la boleta, aún cuando el nombre del candidato sea el mismo.
Esta duplicidad podría implicar que se vote en ambos espacios y según las reglas ese voto sería anulado.
El Código electoral contempla esta acción, en el mismo artículo 108, en su inciso a, aclara la situación: Si la boleta apareciera marcada en más de uno de sus respectivos emblemas, se asignará el voto al candidato, fórmula o planilla común, en el apartado correspondiente del acta de escrutinio y cómputo en casilla, pero no se computará a favor de partido alguno.
Así que en pocas palabras, las candidaturas comunes permitirán a los partidos favorecer a un mismo candidato, pero a la hora de la “repartición del pastel” cada uno de ellos tendrá en claro cuanto le corresponde según el número de votos obtenidos, por lo que con esta medida se podrían contrarrestar la proliferación de mini partidos parásitos, que utilizaban las alianzas como método para sobrevivir.
Terminé
No hay comentarios:
Publicar un comentario